lunes, 10 de octubre de 2011

DOCUMENTACIÓN EMPRESARIAL

VERIFIQUE EL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: En cualquiera de las sedes Cámara de Comercio, se puede consultar y solicitar un volante para la consulta de nombres, para esto tiene que cancelar la consulta y de allá de la empresa lo llamaran a ver si aprobó o no aprobó, el nombre.


SI APROBO PASE HACER LO SIGUIENTE:

1-De los nombres completos.

2-Numero de cedula.

3-Nacionalidad.

4-Estado civil y domicilio.

5-Donde se van a localizar.

6-Un enunciado y todas sus actividades.

7-Como van administrar el negocio.

8-Cuando se reunirán la junta de socios.

9-Cuanto tiempo va a durar la empresa.

10-Como va hacer su liquidación.

11-Establecer un representante para que represente la empresa.


En Ibagué el 12 de noviembre del 2007 el señor Pedro Pérez y Carlos Garzón declararon que construirán una sociedad responsable que cumpla con todas las normas establecidas en el código de comercio; en especial por los siguientes estatutos:

Artículo 1- El nombre de la sociedad.

Artículo 2- La sociedad puede establecer sucursales en otros países.

Artículo 3- La compañía puede negociar personas naturales o jurídicas.

Artículo 4- La sociedad dura diez años contados desde el día de la negociación.

Artículo 5- La capital es de 10000000 millones de pesos.

Artículo 6- La capital social se divide en un 10%, pero el socio Pedro Pérez suscribe el 80% y el socio Carlos Garzón suscribe el 20% así los apartes serán pagados a la sociedad.

Artículo 7- La responsabilidad.

Artículo 8- Aumento del capital.

Artículo 9- Sesión se cuotas: la escritura será otorgada por el representante legal, el cedente y el cesionario.

Artículo 10- Administración: la sociedad de la administración corresponde por derecho a los socios.

Artículo 11- Reuniones: los socios se reunirán cada año.

Artículo 12- Votos: cada socio tendrá tantos votos como cuotas tenga la compañía.

Artículo 13- La junta tendrá que elegir un gerente y subgerente para que lo remplacen en sus faltas absolutas o temporales.

Artículo 14: Inventarios y balances: mensualmente se hará un balance de prueba de sociedad y cada fin de año se hará un balance de todo el año.

Artículo 15: Reserva legal: se destinara un 10% de reserva legal.

Artículo 16- La sociedad se disolverá.

Artículo 17- Liquidación: cuando se liquide una persona deberán tener un suplente con todos los requisitos requeridos.

                                         Miyer Patiño

No hay comentarios:

Publicar un comentario